Desde el punto de visto normativo, la norma actual exige que todos los edificios existentes (viviendas, oficinas o locales), cuando se vendan o se arrienden, dispongan de un certificado de eficiencia energética. Por ello, resulta obligatorio disponer de dicho certificado (el notario te lo pedirá) antes de proceder a realizar la venta o contrato de arrendamiento correspondiente.
CGSi realiza el certificado de eficiencia energética o certificado energético elaborando un documento oficial redactado por un técnico competente que incluye información objetiva sobre las características energéticas de un inmueble. La certificación energética califica energéticamente un inmueble calculando el consumo anual de energía necesario para satisfacer la demanda energética de un edificio en condiciones normales de ocupación y funcionamiento. (incluye la producción de agua caliente, calefacción, iluminación, refrigeración y ventilación). La escala de calificación energética es de siete letras y varía entre las letras A (edificio más eficiente energéticamente) y G (edificio menos eficiente energéticamente).